En
consonancia con los alcances del artículo 38 de la Ley 24.240 de Defensa al
Consumidor, a partir de su reforma por la Ley Nº 27.266, esta Subsecretaría
hace saber que:
- Todas las personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública y privada, que presten servicios o comercialicen bienes a consumidores o usuarios mediante la celebración de contratos de adhesión, deben publicar en su sitio web un ejemplar del modelo de contrato a suscribir.
- Además, deben entregar sin cargo y con antelación a la contratación, en sus locales comerciales, un ejemplar impreso del modelo del contrato a suscribir a todo consumidor o usuario que así lo solicite.
- Los propietarios de los locales antes consignados deberán exhibir un cartel en lugar visible, conforme al modelo adjunto, en el que rece el siguiente texto:
“Se encuentra
a su disposición un ejemplar del modelo de contrato que propone la empresa a
suscribir al momento de la contratación”
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