martes, 25 de octubre de 2016

INFORMACIÓN PARA QUIENES SUSCRIBAN CONTRATOS DE ADHESIÓN

En consonancia con los alcances del artículo 38 de la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, a partir de su reforma por la Ley Nº 27.266, esta Subsecretaría hace saber que:
  1. Todas las personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública y privada, que presten servicios o comercialicen bienes a consumidores o usuarios mediante la celebración de contratos de adhesión, deben publicar en su sitio web un ejemplar del modelo de contrato a suscribir.
  2.  Además, deben entregar sin cargo y con antelación a la contratación, en sus locales comerciales, un ejemplar impreso del modelo del contrato a suscribir a todo consumidor o usuario que así lo solicite.
  3. Los propietarios de los locales antes consignados deberán exhibir un cartel en lugar visible, conforme al modelo adjunto, en el que rece el siguiente texto:

  1. “Se encuentra a su disposición un ejemplar del modelo de contrato que propone la empresa a suscribir al momento de la contratación






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